TEPJF ordena reanudación de proceso electoral para selección de juzgadores y ministros TEPJF ordena reanudación de proceso electoral para selección de juzgadores y ministros

Con una resolución dividida de tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Comité de Evaluación del Poder Judicial debe reanudar, en un plazo no mayor a 24 horas, el proceso electoral para la selección de juzgadores y ministros. Según el fallo, la Constitución prohíbe suspender cualquier acto electoral.

La magistrada presidenta, Mónica Soto, subrayó la competencia exclusiva del TEPJF en la materia. “Quisiera reiterar que en este Pleno se ha resuelto aceptar que no hay duda respecto de nuestras competencias… no podemos obedecer órdenes de autoridades incompetentes, en este caso menores también”, declaró, dejando claro que las decisiones del Tribunal son definitivas e inatacables.

Por su parte, los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata respaldaron el fallo, argumentando que la supremacía constitucional impide que cualquier autoridad detenga un proceso electoral. De la Mata explicó que esta prohibición está alineada con los principios de convencionalidad y legalidad, y tiene sustento en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“No resulta viable suspender el proceso electoral en curso… todo lo resuelto es nulo de pleno derecho y no debe ser obedecido al ser dictado por una autoridad claramente incompetente”, afirmó.

El fallo respondió al expediente SUP-JDC-8/2025, en el que se analizó la actuación del juez primero de distrito en Michoacán. Según la Sala Superior, este juez excedió sus competencias al emitir una medida cautelar dentro de un juicio de amparo, intentando vincular a la Sala Superior al cumplimiento de dicha medida. Como respuesta, se instruyó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del TEPJF a presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) y a informar a la Comisión de Transición sobre lo sucedido.

“Altera el orden constitucional, excede abiertamente sus competencias y pretende desconocer el carácter definitivo e inatacable de las determinaciones de la Sala Superior… genera un riesgo de afectación en los derechos de la ciudadanía y de miles de personas participantes en la elección extraordinaria en curso”, advirtió el magistrado Felipe de la Mata, al referirse a las implicaciones del actuar del juez.

Sin embargo, la resolución no fue unánime. Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra del veredicto. Este último ha sido señalado por su relación cercana con el panista Roberto Gil Zuarth, lo que generó cuestionamientos sobre su imparcialidad en este caso.

El fallo reafirma la competencia exclusiva del TEPJF en materia electoral y busca garantizar que los procesos se desarrollen sin interferencias externas. Con esta decisión, se ratifica el compromiso del Tribunal con la legalidad, la independencia y los derechos ciudadanos, fundamentales en cualquier proceso democrático.

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